A- de 2011
Ponente Jorge Ignacio Pretelt Chaljub
✓Demandante Alex Coba Escalante Y Otros Vs Empresa Prodenvases Crown S.A.
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Reiteración Auto 124/09
- Competencia de Juzgado penal municipal con funciones de control de garantías
- Conocimiento de los jueces o tribunales del lugar donde ocurrió la violación o amenaza que motivo la solicitud
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de Competencia.
El proceso le correspondió por reparto al Juzgado Quince Penal Municipal con Funciones de Control de Garantías de Barranquilla, despacho que se declaró sin competencia al considerar que la vulneración de derechos ocurría en la ciudad de Medellín, lugar de domicilio principal de la empresa demandada.
Efectuado nuevo reparto el Juzgado Dieciséis Civil Municipal de Medellín también declaró su falta de competencia para conocer la acción de tutela, argumentando que los actores residían y celebraron los contratos de trabajo en Barranquilla, ciudad donde además la accionada tenía una sucursal.
Luego de advertir que el conflicto gira en torno al factor territorial y de comprobar que la presunta vulneración contra los afectados repercute en el lugar donde residen y laboraron éstos, es decir en Barranquilla y que en esa ciudad queda además el estrado judicial al que por reparto llegó inicialmente el asunto, la Sala decide el conflicto ordenando enviar el proceso al Juzgado Quince Penal Municipal con Funciones de Control de Garantías de Barranquilla, para que sin más demoras tramite y profiera decisión de fondo respecto del amparo solicitado.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (5 puntos)
- PRIMERO. DECIDIR el conflicto de competencia presentado entre el Juzgado Dieciséis Civil Municipal de Medellín y el Juzgado Quince Penal Municipal con Funciones de Control de Garantías de Barranquilla, ordenando la remisión del expediente a este último.
- SEGUNDO. DEJAR SIN EFECTOS el auto proferido por el Juzgado Quince Penal Municipal con Funciones de Control de Garantías de Barranquilla de fecha 6 de julio de 2011.
- TERCERO. Como consecuencia de lo anterior, REMITIR el expediente al Juzgado Quince Penal Municipal con Funciones de Control de Garantías de Barranquilla para que sin más demoras, tramite y profiera decisión de fondo respecto del amparo solicitado.
- CUARTO. Por Secretaría General COMUNICAR al Juzgado Dieciséis Civil Municipal de Medellín, la decisión adoptada en esta providencia.
- Comuníquese,
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.